PROTOCOLO SANITARIO
El cumplimiento estricto de medidas de bioseguridad ayuda a evitar propagación del covid-19
TRANSPORTE ACUÁTICO DE PASAJEROS EN PUERTO CALLAO
TENER EN CUENTA: El cumplimiento estricto de medidas de bioseguridad ayuda a evitar propagación del covid-19
Las empresas de transporte marítimo, fluvial y lacustre de pasajeros y turístico deben limpiar y desinfectar la embarcación por dentro y por fuera, antes y después de cada viaje, establece el protocolo sanitario del transporte acuático de pasajeros y turístico.
Antes de abordar una embarcación que brinde el servicio de transporte acuático de pasajeros y turístico, en los ámbitos marítimo, fluvial y lacustre, se debe tomar en cuenta las medidas de bioseguridad establecidas en el protocolo sanitario para evitar la propagación del covid-19, sobre todo ahora que ya se manifiesta una nueva ola de contagios.
De acuerdo al protocolo sanitario aprobado por los Ministerios de Transportes y Comunicaciones, así como de Salud, los usuarios y la tripulación de la nave deben utilizar mascarillas y protectores faciales en todo momento.
Ello, teniendo en cuenta que, según la actualización de esta norma, vigente desde el 1 de diciembre de 2020, se ha ampliado el aforo al 100 % del número permitido en el certificado de seguridad otorgado por la autoridad marítima.
Otra medida de bioseguridad contemplada en el protocolo sanitario establece que se debe tomar la temperatura corporal a los pasajeros antes de abordar la embarcación.
Las empresas de transporte marítimo, fluvial y lacustre de pasajeros y turístico deben limpiar y desinfectar la embarcación por dentro y por fuera, antes y después de cada viaje. Asimismo, procurar una adecuada ventilación de la embarcación y disponer de equipos de protección personal y desinfección, como alcohol en gel, para la tripulación y los pasajeros.
En los terminales portuarios, muelles o embarcaderos, se debe evitar aglomeraciones mediante el cumplimiento estricto del distanciamiento social entre los pasajeros que se disponen a abordar las embarcaciones. Para ello, se debe establecer previamente el número de pasajeros permitidos, tiempos y turnos.
Sólo está permitida la alimentación a bordo en el caso de las embarcaciones de tipo crucero que brindan servicio de transporte turístico o embarcaciones que realizan el servicio de transporte de pasajeros con una duración mayor a seis horas.
Para las embarcaciones con recorridos menores a 6 horas no está permitida la ingesta de alimentos dentro de ellas, precisa el protocolo sanitario.
Obligaciones de los transportistas
Los transportistas y la tripulación de las embarcaciones están obligados a usar mascarilla y protector facial en todo momento.
Señalar y demarcar la ubicación de cada pasajero, a fin de cumplir el distanciamiento social durante la compra de pasajes, e identificar claramente los asientos disponibles al interior de las embarcaciones, son otras obligaciones de los transportistas.
Limpiar y desinfectar la embarcación por dentro y por fuera, así como la cabina y otras superficies de contacto, así como realizar el control de la temperatura a los tripulantes y personal auxiliar de la empresa transportista.
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